Prestacción, S.A. de C.V. (Prestacción) es una empresa subsidiaria de Grupo Consupago, S.A. de C.V. Nuestro objetivo es otorgar préstamos de manera rápida y eficiente a empleados y jubilados de los tres diferentes niveles de gobierno municipal, estatal y federal (Dependencias), y/o de empresas privadas.
· IFE · Pasaporte · Licencia de conducir · Cédula profesional
Se requerirán recibos adicionales en caso de que el Convenio que Prestacción haya suscrito con la Dependencia o la Empresa y aplique al Cliente, así lo requiera.
Sólo en caso de requerirse.
De $5,000 pesos a $200,000 pesos (moneda nacional).
La denominación de la unidad monetaria que se utiliza es en moneda nacional, sin perjuicio de que pueda ser expresada también en moneda extranjera, para lo que se deberá señalar que se estará al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se realice el pago de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.
Por Prepago: El monto equivalente al 15% del importe del pago anticipado.
Por Cobranza: Únicamente se cobran gastos por cobranza en caso de que el cliente se atrase en la realización de sus pagos, y estos son equivalentes a la cantidad que resulte de la suma (i) del monto equivalente al 20% (veinte por ciento) sobre el importe de los pagos vencidos que correspondan, y (ii) de los gastos que se originen por la localización del Cliente en caso de no haber manifestado su cambio de domicilio o que el manifestado en el Contrato de Crédito.
”Cuide su capacidad de pago, generalmente sus pagos por créditos no deben de exceder en conjunto del 35% de sus ingresos periódicos, los costos por mora son muy elevados”.
"Incumplir con tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios".
I. Cuando el cliente no esté de acuerdo con los cobros realizados o el estado de cuenta proporcionado por Prestacción, podrá presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha del cobro realizado o de la fecha en que recibió su estado de cuenta.
La solicitud respectiva podrá presentarse ante la sucursal de Prestacción en la cual se haya tramitado el otorgamiento del Crédito o bien, en el centro de atención de Prestacción (ubicado en Av. Paseo de la Reforma No. 2654 Piso 7, Col. Lomas altas, delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11950, en México D.F.), mediante escrito, correo electrónico o cualquier otro medio por el que se pueda comprobar fehacientemente su recepción. En todos los casos, Prestacción estará obligada a acusar recibo de dicha solicitud.
El cliente tendrá el derecho de no realizar el pago cuya aclaración solicita, así como el de cualquier otra cantidad relacionada con dicho pago, hasta en tanto se resuelva la aclaración conforme a éste procedimiento.
II. Una vez recibida la solicitud de aclaración, Prestacción tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días para entregar al cliente el dictamen correspondiente, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, con base en la información que, conforme a las disposiciones aplicables, deba obrar en su poder, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en la solicitud presentada por el cliente.
El dictamen e informe antes referidos deberán formularse por escrito y suscribirse por personal de Prestacción facultado para ello. En el evento de que, conforme al dictamen que emita Prestacción, resulte:
a) Que procede el cobro del monto respectivo, las partes se sujetarán a lo siguiente: (i) si el cliente realizó el pagó de la cantidad reclamada, no procederá el reembolso de dicha cantidad; y (ii) si el cliente aún no ha pagado el monto reclamado deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios pactados, sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago realizada en términos de ésta Cláusula.
b) Que no procede el cobro del monto respectivo, (i) si el cliente ya realizó el pagó de la cantidad reclamada, se reembolsará dicha cantidad en un periodo que no excederá de 30 (treinta) días contados a partir de la emisión del dictamen referido.
III. Hasta en tanto la solicitud de aclaración de que se trate no quede resuelta de conformidad con el presente procedimiento, Prestacción no podrá reportar como vencidas las cantidades sujetas a dicha aclaración a las sociedades de información crediticia. Lo antes dispuesto es sin perjuicio del derecho que tiene el Cliente de acudir ante la Procuraduría Federal del Consumidor o ante la autoridad jurisdiccional correspondiente conforme a las disposiciones legales aplicables. Sin embargo, el procedimiento previsto en esta Cláusula quedará sin efectos a partir de que el CLIENTE presente su demanda ante autoridad jurisdiccional o conduzca su reclamación en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
CAT promedio 51.9%, Sin IVA. "Para fines informativos y de comparación".
Fecha de Cálculo: 30 de Septiembre de 2022.
Fecha de Vigencia: 01 de Noviembre al 31 de Diciembre de 2022.
*Cat promedio 51.9% Tasa promedio 43.60% comisión por apertura equivalete al 1% del monto del importe del crédito o capital; sin IVA.